La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ha confirmado que es necesario abonar las multas por infracciones de tránsito en todo el territorio nacional para poder renovar el registro de conducir.
Martín Converset, juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario, rechazó una solicitud de un conductor para declarar inconstitucional el requisito de presentar el pago del Certificado Nacional de Registro de Tránsito (CENAT) para obtener la licencia de conducir.
El conductor señaló que al generar el comprobante de pago para el CENAT, notó que no solo debía pagar $1.200 como monto fijo por el certificado, sino que además debía pagar 59.076 pesos adicionales por “supuestas infracciones de tránsito en provincias de Misiones”. y córdoba».
En ese contexto, argumentó que dichas violaciones fueron «irrazonables» ya que nunca «tomó conocimiento de la existencia de los presuntos procesos judiciales en los que se dictaron estas sentencias condenatorias, lo que las hace manifiestamente nulas».
La sentencia de primera instancia señaló que “el requisito de presentar un certificado de infracciones de tránsito libre de deudas, exigido para renovar una licencia de conducir, no es más que la aplicación directa del Código de Tránsito local, de conformidad con las normas nacionales”.
Además, se agregó que el requisito “busca armonizar el derecho de quienes buscan obtener o renovar una licencia de conducir con el derecho a la vida, a la integridad física ya la libertad de transitar sin obstáculos del resto de las personas”.





